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La Ley 1/2025 introduce los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) en vía no judicial que son de aplicación a los asuntos civiles y mercantiles con el objetivo de potenciar la negociación entre las partes para reducir la litigiosidad.

En Marbicano Mediación te ayudamos a resolver tu controversia telemáticamente a través de nuestra plataforma en un proceso online y sencillo en el que contactaremos con la otra parte invitándola a llevar a cabo un proceso para intentar encontrar una buena solución para ambas partes.

Oferta Vinculante Confidencial

La oferta vinculante confidencial es una propuesta formal presentada por una de las partes, que, si es aceptada por la otra, se convierte en vinculante. Permite negociar la disputa sin necesidad de revelar detalles públicamente.

La forma de remisión tanto de la oferta como de la aceptación ha de permitir dejar constancia de la identidad del oferente, de su recepción efectiva por la otra parte y de la fecha en la que se produce dicha recepción, así como de su contenido.

Negociación

La negociación directa entre las partes, por sí mismas o asistidas por su asesor legal, o a través de sus abogados. Si llegan a un acuerdo, se pone fin a la controversia. De no ser así, podrán acudir a los Juzgados.

Mediación

La mediación es un método de solución de controversias en el que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de una persona mediadora, que actúa facilitando el diálogo y el acuerdo de manera imparcial y neutral, pero sin hacer propuestas de ningún tipo. Todo lo tratado en un proceso de mediación es confidencial.

Conciliación

En la conciliación una persona experta (el conciliador) con conocimientos técnicos o jurídicos relacionados con la materia en conflicto ayuda a las partes a alcanzar un acuerdo, haciendo propuestas que puedan terminar la controversia entre ellas. La conciliación puede ser pública o privada.

La conciliación pública la pueden llevar a cabo los jueces de paz, los LAJ, los Notarios y los Registradores. También puede ser realizada durante el proceso por jueces/as y letrados/as de la Administración de Justicia.

Opinión de Persona Experta Independiente

Las partes designan de común acuerdo a una persona experta en la materia sobre la que tienen el conflicto para que emita un informe independiente de carácter técnico. Si las partes están conformes con el contenido del informe, llegarán a un acuerdo basado en su contenido y el conflicto se termina. En caso contrario, cualquiera de ellas puede acudir a los juzgados y tribunales.

Derecho Colaborativo

Se trata de una negociación ordenada con abogados acreditados en Derecho Colaborativo y, en su caso, de terceras personas neutrales expertas. Si no hay acuerdo, los abogados no podrán representar a sus clientes en un litigio futuro sobre el mismo asunto.